¿En qué se traducen a efectos prácticos las donaciones?
Si una persona física dona 150 euros a una entidad no lucrativa que está entre las posibles receptoras de mecenazgo:
- El contribuyente se deduce 120 euros (el 80% de la cuota) en su IRPF.
- Es decir, el coste de una donación de 150 euros es realmente de 30 euros. Por tanto, la entidad elegida recibe 150 euros, de los cuales 30 vienen del donante y 120 son una subvención indirecta de Hacienda.
Si dona 500 euros:
- De los primeros 150 euros se deduce el 80%, por lo que el contribuyente recupera 120 euros.
- De los restantes 350 euros se deduce el 35%, por lo que el contribuyente recupera 122,50 euros.
- Por tanto, en total el contribuyente recupera 242,5 euros.
Si dona 500 euros y se trata de una donación fidelizada:
- De los primeros 150 euros se deduce el 80%, por lo que el contribuyente recupera 120 euros.
- De los restantes 350 euros se deduce el 40%, por lo que el contribuyente recupera 140 euros.
- Por lo tanto, el contribuyente recupera un total de 260 euros.
Si dona 500 euros a una actividad prioritaria de mecenazgo y existe fidelización en la donación:
- De los primeros 150 euros se deduce el 85% (el porcentaje habitual aumenta un 5%), por lo que el contribuyente recupera 127,50 euros.
- De los restantes 350 euros se deduce el 45% (el 35% habitual aumenta un 5% por fidelidad en la donación y otro 5% por tratarse de actividad prioritaria de mecenazgo), por lo que el contribuyente recupera 157,50 euros.
- Por lo tanto, el contribuyente recupera un total de 285 euros.