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Donaciones de personas físicas

¿Qué incentivos fiscales existen para las donaciones realizadas por personas físicas?

  • Micromecenazgo: los primeros 150 euros donados tienen una deducción del 80% en la cuota íntegra del IRPF.
  • La cantidad donada que exceda de 150 euros tiene una deducción del 35% en la cuota.
  • Fidelización: en las donaciones se podrá aplicar una deducción del 40% (en vez del 35% general) siempre que se hayan efectuado donativos por la misma o mayor cantidad a la misma entidad en los dos periodos impositivos inmediatos anteriores.
  • La deducción tiene un límite del 10% de la base liquidable en el IRPF.

Cada año, la Ley de Presupuestos Generales del Estado establece una serie de actividades prioritarias de mecenazgo. Las donaciones a favor de estas actividades obtienen una deducción de un 5% adicional a los incentivos fiscales generales citados arriba.

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