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Información sobre el Sello Cultura y Mecenazgo

¿Qué es?

El sello “Cultura y Mecenazgo” es un reconocimiento visual que otorga el Ministerio de Cultura y Deporte, a través de la Unidad Cultura y Mecenazgo (dependiente de la Subdirección General de Promoción de Industrias Culturales y Mecenazgo) a aquellos proyectos que destacan en el ámbito del mecenazgo cultural entre la sociedad española.

¿Quién puede adherirse?

Empresas, instituciones, entidades públicas y privadas que lleven a cabo proyectos de mecenazgo cultural o que lo promuevan, ya sea de forma directa o indirecta.

¿Cómo se utiliza el sello?

La entidad o proyecto que reciba el sello podrá incluirlo en su página web así como en sus productos y/o materiales de difusión, tal y como cada entidad considere más apropiado, siempre que no desvirtúe ni el formato ni el espíritu del sello.

Queda prohibida la utilización del sello “Cultura y Mecenazgo” sin previa autorización de la Subdirección General de Promoción de Industrias Culturales y Mecenazgo. Tampoco podrá hacerse uso del mismo si la citada Subdirección le hubiera retirado la autorización.

¿Qué beneficios otorga?

El sello es principalmente un reconocimiento a los proyectos y/o entidades que destaquen en el ámbito del mecenazgo cultural en nuestro país.

Aquellos proyectos que obtengan el sello tendrán difusión desde la Unidad Cultura y Mecenazgo mediante:

Un enlace directo desde el micrositio de Cultura y Mecenazgo, dentro de la página web del Ministerio de Cultura y Deporte, lo que supone un aumento de su visibilidad. Salto de línea Difusión a través de las cuentas en redes sociales de la Unidad Cultura y Mecenazgo, siendo parte de la campaña #SéUnMecenas.

Algunos de estos proyectos también serán seleccionados para participar en las sesiones de fomento del mecenazgo cultural que organiza la Unidad Cultura y Mecenazgo a lo largo del año.

La concesión del sello es independiente y no supone por sí mismo que los proyectos pasen a ser beneficiarios de los incentivos fiscales estatales que se recogen en la Ley 49/2002, de 23 de diciembre, de régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo. Ello dependerá de si el proyecto se ajusta a los requisitos recogidos en la citada Ley.

¿Cómo se solicita?

Habrá que dirigirse a la Unidad Cultura y Mecenazgo del Ministerio de Cultura y Deporte, para que ésta, una vez revisadas las características del proyecto, facilite el sello en el formato que la empresa precise e incluya en el micrositio de la campaña el enlace al proyecto, empresa o institución solicitante.

La solicitud se realizará a través del correo electrónico: culturaymecenazgo@cultura.gob.es

Documentación a aportar:

  • Impreso de solicitud.PDF
  • Memoria descriptiva de la actividad o proyecto, que deberá contener al menos los siguientes apartados:

· Descripción de la actividad / proyecto.Salto de línea · Recursos (económicos, materiales o personales) que el solicitante emplea en el desarrollo de la actuación.Salto de línea · Número de beneficiarios potenciales y perfiles.Salto de línea · Otros que se estimen conveniente.

  • Declaración responsable DOC en la que el solicitante declara estar al corriente de sus obligaciones en materia tributaria y de seguridad social, así como con el cumplimiento de cualquier otra obligación de carácter legal o administrativo que le corresponda en razón de su actividad.

La Unidad Cultura y Mecenazgo verificará que la solicitud presentada se ajusta a las características requeridas. Si no se acreditara suficientemente el cumplimiento de los requisitos establecidos o se precisase más información que la aportada, se requerirán al solicitante.

¿Qué obligaciones tendrán las entidades que reciban el sello?

Los proyectos que reciban el sello se comprometerán a dar difusión a través de su página web de los incentivos fiscales en vigor sobre mecenazgo a nivel estatal. Desde la Unidad Cultura y Mecenazgo se facilitará dicha información.

Los beneficiarios deberán comunicar a la Unidad Cultura y Mecenazgo cualquier cambio de relevancia en el proyecto que afecte a los motivos por los cuales se concedió el sello, así como su disolución si fuera el caso.

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